VER TODAS LAS NOTICIAS14/08/2012
Resoluciones Adoptadas por Comisión de CarrerasEn su sesión del 8 de Agosto de 2012
PROFESIONALES SANCIONADOS
JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES
SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días 17 y 18 de agosto próximo inclusive, al jockey JORGE A. RICARDO, por perder la línea en los tramos finales, lo que diera lugar a su distanciamiento, en la 9ª carrera del día 4 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Pirado Sam”. Artículo 20, Inciso III y IV del Reglamento General de Carreras.
CABALLERIZAS
APERCIBIR: al titular de la caballeriza “El Pela” (SI), por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación del s.p.c “Cumbio”, a cargo del Entrenador Dn. Luis Rios, inscripto para la 3ª carrera del 1º de agosto p.pdo. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Haras
S.P.C.
SUSPENDER: al s.p.c. “CANDELERO” por el término de treinta (30) días, desde el 1º y hasta el 30 de agosto próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Jose L. Cartasso, por haber sido ratificado para los días 28 de julio y 1º de agosto p.pdo. y no presentado a correr en la 3ª carrera del día 1º de agosto p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.
SUSPENDER: al s.p.c. “AMEYAL” por el término de treinta (30) días, desde el 1º y hasta el 30 de agosto próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Luis O. Gonzalez, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del mencionado s.p.c., en la 6ª carrera del día 1º de agosto p.pdo. y haber sido ratificado para los días 31 de julio y 1º de agosto p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.
SUSPENDER: al s.p.c. “DALE TOSS” por el término de treinta (30) días, desde el 1º y hasta el 30 de agosto próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Jean L. Guthmann, por haber sido ratificado para los días 29 de julio y 1º de agosto p.pdo. y no presentado a correr en la 8ª carrera del día 1º de agosto p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.
SUSPENDER: al s.p.c. “BOMBAZO PLUS”, por el término de treinta (30) días, desde el 4 de agosto y hasta el 2 de setiembre próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Luis A. Gaitan, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del mencionado s.p.c., inscripto para la 11ª carrera del 4 de agosto p.pdo. Artículos 14 y 15, Incisos I y IV del Reglamento General de Carreras.
STARTERS
SUSPENDER: al s.p.c. “SOY
SUSPENDER: al s.p.c. “INDIO CATCH”– 6ª carrera del
SUSPENDER: al s.p.c. “ALL DIAMONDS”– 9ª carrera del
SUSPENDER: al s.p.c. “JUAN y JUAN”– 10ª carrera del
SUSPENDER: al s.p.c. “
SUSPENDER: al s.p.c. “HONESTO LLIN”– 8ª carrera del
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento General de Carreras:
1º) RENOVAR:
Por el término de un (1) año, hasta el
OSVALDO DANIEL DAVILA / D.N.I. 21.889.971
Por el término de un (1) año, hasta el
CARLOS ALBERTO BANI / D.N.I. 17.901.773
Por el término de un (1) año, hasta el
4º) Comuníquese y dese a publicidad.